Golden VISA

Despacho con mesa grande con sillas de HVTTOM abogados, experto en permiso de residencia en España

Visado para inversores en España o Golden VISA

La Golden Visa es un permiso dirigido a aquellas personas extranjeras que estén interesadas en entrar en territorio español con el fin de realizar alguna inversión significativa de capital, si esto es así, podrán solicitar el visado de estancia o en su caso el de residencia para inversores.

La nueva Ley de Emprendedores habilita a las personas extranjeras que realicen una inversión en España, a obtener la residencia para sí y sus familiares -cónyuges e hijos menores-, y sin que los inversores estén obligados a permanecer en España durante un cierto tiempo para poder renovar dicha residencia, solicitando como único requisito para la renovación el mantenimiento de la inversión.

REQUISITOS PARA OBTENERLA

-Permiso de residencia a través de de adquisición de 2 millones de euros de deuda pública.

-Permiso de residencia a través de adquisición de un millón de euros en acciones o participaciones sociales, o depósitos bancarios en entidades financieras

-Permiso de residencia a través de la compra de inmueble por valor de 500.000 € libre de toda carga.

-Permiso de residencia través de de un proyecto empresarial.

Para la concesión de este tipo de visados de residencia para inversores habrá tenido que hacerse dicha inversión y acreditarla en un periodo no superior a los 60 días anteriores a la presentación de la solicitud.

Aquellos que lo consigan obtendrán un visado de residencia para residir al menos un año y una autorización de residencia de dos años que podrá renovarse cuando la inversión realizada se mantenga y si se ha hecho algún viaje a España durante el periodo de la residencia.

Para solicitar la autorización hay que ser titular de un visado de inversor.

Entre los documentos que deben presentarse se encuentran todos aquellos que acrediten la inversión, acciones o compra de un inmueble, además de otros más personales como el documento de identidad o pasaporte, seguro médico o certificado de antecedentes penales, además de acreditar que se tienen los medios económicos suficientes para sí y para toda la familia durante la residencia en España.

RECURSOS ECONÓMICOS PARA EL VISADO DE INVERSOR

La UGE (Unidad de Grandes Empresas), o el consulado (en caso de que este solicitando un visado) ahora requieren que se acrediten los siguientes recursos económicos:

Para el titular: 400% del IPREM, que sería un poco más de 2,000 euros aproximadamente. Por cada familiar: 100% del IPREM, que sería un poco más de 500 euros.

Los nuevos criterios también dicen que para poder acreditar que contamos con estos medios económicos se puede utilizar cualquier medio legal admitido, lo que significa que podemos aportar una cuenta bancaria o cualquier tipo de documento que acredite que dispones de esos medios económicos. (Recuerdes que debe ser para el titular y para cualquier familiar que se quiera reagrupar).

SEGURO MÉDICO PARA INVERORES

Una de las razones por las cuales el seguro médico es obligatorio es porque el inversor, tanto como sus familiares, no van a estar realizando ningún tipo de actividad laboral mientras estén en España. El seguro médico debe de tener una cobertura igual a la de seguridad social. Debe cubrir la hospitalización y no debe de tener copago.

Este seguro médico debe ofrecer todas las coberturas protegidas en caso de que haya un accidente o una enfermedad grave. También debemos recordar que el seguro médico tiene que tener una vigencia durante todo el periodo de residencia en España.

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