TIPO DE AUTORIZACIÓN
Es una autorización que solicitan los extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral.
REQUISITOS
-No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
-No encontrarse irregularmente en territorio español.
-Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
-No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
-Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías: Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, . Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM .
-Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

